viernes, 5 de septiembre de 2008

Planes de pensiones para discapacitados

La suscripción de un plan de pensiones específico supone ventajas fiscales tanto para el discapacitado como para sus familiares.

Hasta hace pocos años las posibilidades de que los discapacitados pudieran tener a su alcance productos plenamente adaptados a las características específicas de su condición eran muy escasas. De un tiempo a esta parte, sin embargo, parece que el mundo financiero se ha sensibilizado respecto a las necesidades de estos ciudadanos y algunas entidades disponen de planes de pensiones diseñados para ellos. La oferta es aún escasa, y lo que comercializan es un producto de ahorro y previsión para asegurar el futuro económico de las personas que presentan un cierto grado de discapacidad cuyo principal incentivo son las ventajas fiscales que ofrece en el momento de su suscripción. Un beneficio que afecta tanto al propio discapacitado como a quienes ahorran para él (cónyuge y familiares por línea directa o colateral hasta tercer grado).

Los nuevos planes van dirigidos a personas con un grado de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, con una discapacidad psíquica igual o mayor al 33%, o aquellas que tengan una incapacidad declarada judicialmente, quienes pueden hacer aportaciones directas o recibirlas a su favor. Asimismo, estos planes de pensiones benefician también a los familiares directos, a los cónyuges y a aquellas personas que tengan la tutela o estén al cargo de estas personas con discapacidad, que pueden hacer y recibir aportaciones como un plan de previsión y ahorro. No obstante, se contemplan algunas variantes a la hora de su contratación, como ocurre en el plan diseñado por la aseguradora Previgalia, comercializado por Caja Madrid y La Caixa, en el que pueden invertir exclusivamente las familias que sean miembro de alguna de las asociaciones de discapacitados que promueven el plan, o aquéllas que estén integradas en la Mutualidad pro Minusválidos Psíquicos.

Coberturas adaptadas


Caja Navarra dispone de un plan de pensiones para personas con discapacidad en el que se contempla que tanto éstas como sus familiares puedan elegir la opción inversora más acorde con su situación personal, así como modificarla en el tiempo de acuerdo a sus circunstancias y a la evolución de los mercados financieros. Esta modalidad de planes de pensiones proporciona mayores coberturas por estar adaptada a las características específicas de los discapacitados, ya que se ha diseñado para mejorar la calidad de vida de sus beneficiarios: las personas que sufran discapacidad física o sensorial (65% o más), discapacidad psíquica (33% o más) o una incapacidad declarada judicialmente, que pueden recibir aportaciones realizadas por terceras personas a su favor. Concretamente, podrán efectuar aportaciones tanto el propio discapacitado como aquellas personas con una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado incluido, así como el cónyuge o las personas que tengan a su cargo a estas personas en régimen de tutela o acogimiento.

El límite máximo de aportación a estos planes de pensiones es de 24.250 euros para el partícipe discapacitado, y de 8.000 euros para cada familiar, siempre que el conjunto de las aportaciones de los diferentes partícipes no supere los 24.250 euros al año, beneficiándose siempre de las deducciones fiscales de que dispone este producto financiero en la actualidad. Además, los titulares pueden disponer de su dinero cuando lo necesiten ya que este plan de pensiones se puede rescatar en los siguientes casos: jubilación del titular del plan, o a partir de los 45 años de edad si no puede jubilarse por incapacidad, o por agravamiento de la discapacidad; fallecimiento del titular o jubilación o fallecimiento del cónyuge del titular, de uno de los familiares de los que dependa, o de la persona que lo tenga a su cargo en régimen de tutela o acogida.

Las alternativas de inversión que tiene Caja Navarra para las aportaciones de personas con discapacidad y sus familiares se distingue por la pluralidad, ya que abarca varios activos o mercados financieros en función del tipo de perfil que tenga el suscriptor. Así, se puede contratar un plan de carácter defensivo que invierte el 80% en renta fija y el 20% restante en renta variable de la zona euro, o un producto más agresivo basado exclusivamente en inversiones de renta variable en las principales bolsas internacionales.

MÍNIMO POR DISCAPACIDAD


El mínimo por discapacidad es la suma del mínimo por discapacidad del contribuyente y del mínimo por discapacidad de ascendientes y descendientes. Así, el mínimo por discapacidad del contribuyente es de 2.270 euros anuales cuando se padezca una discapacidad del 33% o superior, y de 6.900 euros anuales cuando se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 2.270 euros cuando se acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida.

Para beneficiarse del mínimo por discapacidad de ascendientes o de descendientes, éstos han de generar a su vez el derecho a aplicar el mínimo por ascendientes y descendientes. En ambos casos, se considerará que conviven con el contribuyente los que, dependiendo del mismo, estén internados en centros especializados.

Fuente:
www.consumer.es/